Debate de Ley de Minerales no metálicos está paralizado

Debate de Ley de Minerales no metálicos está paralizado

(foto elsoldemargarita.com.ve)

Luego que se propusiera como materia urgente el debate y análisis de la Ley de Minerales no Metálicos  el Consejo Legislativo de Nueva Esparta (Clene) espera la fecha para reactivar la discusión de esta normativa,  que inició su revuelo el 22 de febrero de 2013 cuando el gobernador Carlos Mata Figueroa anunció la toma temporal de cinco canteras e igual número de areneras por delitos ambientales. elsoldemargarita.com.ve

El presidente del Clene, Cesar González, recordó que esa ley fue aprobada en 1º discusión y está siendo revisada para su aprobación en segunda discusión y próximo ejecútese por parte del gobernador.

Francisco Narváez, diputado de la bancada opositora, asomó que la ley que establece, entre otras cosas, la creación de una empresa socialista con los recursos de la inversión privada, está paralizada y  no se ajusta a la realidad de Nueva Esparta.





Mientras que González aseguró, que pasado el periodo de duelo por el fallecimiento del presidente Hugo  Chávez, el 5 de marzo, el lapso de campaña electoral por la presidencia y las elecciones el 14 de abril, es probable que una o dos semanas entreguen a los neoespartanos una respuesta en relación a esa ley que pondría coto a los delitos ambientales que segeneran en la entidad a causa de la explotación de minerales no metálico.

Acciones

El gobernador del estado, pasado al menos 15 días de la toma de posesión de las canteras y areneras  decretó el cese de la administración temporal por considerar que ya se habría obtenido la información  de la relación de ingresos reales percibidos.

Por ello en la Gaceta oficial número extraordinario E-2.524 se estableció que a las canteras se les reintegraría la totalidad de recursos que hubieran ingresados en las cuentas bancarias. A la empresa Los Robles le entregaron Bs. 353.172,04, Roferca Bs. 166.034, Manzanillo Bs. 201.246,76 y Nueva Esparta Bs. 199.334,70.

Cese

El cese de la toma de posesión de las canteras no exime a los propietarios de multas, suspensión o cualquier medida de carácter preventivo o sancionatorio dictadas conforme a la ley.

Según el artículo 2 el decreto no afecta el régimen de fiscalización, inspección, y control previsto en el decreto 160, así como el resto de las disposiciones contenidas en el decreto, las cuales permanecerán vigente en tanto no contravengan los dispuso por el ejecutivo.