Publican en Gaceta Ley Antimonopolio

Publican en Gaceta Ley Antimonopolio

(foto EFE)
(foto EFE)

Este lunes 24 de noviembre circula la Gaceta extraordinaria N° 6.151, de fecha 18 de noviembre de 2014, mediante la cual la Presidencia de la República publica el Decreto presidencial N° 1.415, por medio de este se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Antimonopolio. Señala el texto del Decreto 1.415 que esta Ley tiene por objeto promover, proteger y regular el ejercicio de la competencia económica justa, con el fin de garantizar la democratización de la actividad económica productiva con igualdad social, que fortalezca la soberanía nacional y propicie el desarrollo endógeno, sostenible y sustentable, orientado a la satisfacción de las necesidades sociales y a la construcción de una sociedad justa, libre, solidaria y corresponsable, mediante la prohibición y sanción de conductas y prácticas monopólicas, oligopólicas, abuso de posición de dominio, demandas concertadas, concentraciones económicas y cualquier otra práctica económica anticompetitiva o fraudulenta. noticierolegal.com

Son sujetos de aplicación de este decreto las personas naturales o jurpidicas de carácter público o privado, nacionales o extranjeras, con o sin fines de lucro, que realicen actividades económicas en el territorio nacional o agrupen a quienes realicen dichas actividades.

Quedan excluidos de este decreto:





1. Las organizaciones de base del poder popular regidas por la Ley orgánica del Sistema económico comunal.

2. Las empresas públicas o mixtas de carácter estratégico.

3. Las empresas estadales de rpestación de servicios públicos.

De acuerdo a esta Ley se prohíben las conductas, prácticas, acuerdos, convenios, contratos o decisiones que impidan, restrinjan, falseen o limiten la competencia económica.

Prohibiciones particulares:

Se prohíben las actuaciones o conductas de quienes, no siendo titulares de un derecho protegido por la Ley, pretendan impedir u obstaculizar la entrada o permanencia de empresas, productos o servicios en todo o parte del mercado.

Se prohíbe toda conducta tendiente a anipular los factores de producción, distribución, comercialización, desarrollo tecnológico o inversiones, en perjuicio de la competencia económica.