Omar Avila exigió al CNE incluir elección al Parlatino por voto directo y popular

Omar Avila exigió al CNE incluir elección al Parlatino por voto directo y popular

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El secretario general nacional de Unidad Visión Venezuela, Omar Ávila, acudió este jueves al Consejo Nacional Electoral (CNE) para introducir un documento petitorio exigiendo se anuncie al fecha para la realización de las elecciones parlamentarias, el cronograma, la participación de los observadores internacionales y muy especialmente que incluyan la elección por voto popular del Parlamento Latinoamericano. NP

“Hoy venimos a exigir, más que fecha, cronograma y observadores internacionales a las parlamentarias, que se incluya la elección por voto directo y popular del Parlatino con el fin de dar cumplimiento a los derechos políticos de los venezolanos, como es el de elegir y ser elegido”, dijo Ávila a las afueras del ente electoral.

Manifestó que elegir a los diputados al Parlatino es un derecho constitucional de la democracia participativa y protagónica y del reconocimiento del sufragio como un derecho libre, universal, directo y secreto, consagrados en el Capítulo IV de los Derechos Políticos y del Derecho del Referendo Popular en la Exposición de Motivos, en el Preámbulo y en los artículos 5, 63, 70 y 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los artículo 33 – numerales 3 y 7 –, 41 y 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).





Además, señaló que el directorio del CNE tiene la competencia de realizar las Elecciones al Parlamento Latinoamericano, junto con las de los diputados a la Asamblea Nacional.

“Esto exige al CNE desestimar la solicitud por parte de la mayoría de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) en la AN, de eliminar el derecho de los venezolanos a escoger por voto directo y popular a sus representantes al Parlatino. Solicitud que sería violatoria de los derechos políticos de los ciudadanos”.

En tal sentido recalcó que el numeral 7 del artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPRE) y el artículo 10 del Reglamento General de la LOPRE establecen explícitamente que el directorio del CNE tiene la competencia de realizar las Elecciones al Parlamento Latinoamericano, junto con las de los diputados a la AN.

Finalmente, el líder de Unidad Visión Venezuela recordó: “El antecedente más próximo del ejercicio del voto directo y popular de todos los venezolanos inscritos en el Registro Electoral, para escoger a sus representantes al Parlamento Latinoamericano, fue el 26 de septiembre de 2010, cuando tuvimos la oportunidad de escoger a 11 diputados a esa instancia de deliberación internacional, por lista cerrada y bloqueada, como a dos suplentes por cada principal, tal como estaba dispuesto en la Gaceta Electoral Nº 57, del 20 de marzo de 2000, y a un diputado nominal indígena, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, que expresa que las comunidades indígenas del país tienen derecho a la representación en el Parlamento Latinoamericano o Parlatino”.