Pedro Castro Guillén: ¿Debe ser aprobado el Decreto de emergencia económica?

Pedro Castro Guillén: ¿Debe ser aprobado el Decreto de emergencia económica?

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El Decreto de “Emergencia económica” publicado en la Gaceta Oficial 6.214 del jueves 14 de enero de 2016, no debe ser aprobado, no sólo por razones económicas, sino también por razones políticas y éticas. Es un instrumento que en sus considerandos el Ejecutivo nacional se separa olímpicamente de su responsabilidad en una de las peores crisis de la República en el último medio siglo, y que hará recaer todo el peso del ajuste sobre las espaldas de todos los venezolanos.

Lo primero y extremadamente preocupante no es sólo que el diagnostico de la crisis no es económico sino exclusivamente político centrado en la visión fantasiosa de la “guerra económica”, que es la misma que ha conducido al actual desastre económico, social y político, no hay ningún propósito crítico o de enmienda en la actual línea de conducción de la economía sino su profundización.





Cuando leemos el decreto, nos damos cuenta de manera inmediata que este es un instrumento donde no hay medidas económicas o políticas públicas específicas que se puedan evaluar de manera objetiva para estimar en qué medida pudieran ser útiles para corregir los enormes desequilibrios que afectan el país sino generalidades “socio-políticas” en la misma línea en que el discurso chavista nos tiene acostumbrados.

Luego la generalidad del decreto es alarmante y escalofriante dada la costumbre del régimen en el irrespeto y abuso contra los derechos de propiedad y garantías económicas de todos los ciudadanos pero muy especialmente de los productores, comerciantes y empresarios en general. Los numerales 3, 8 y 9 del artículo 2, abren una peligrosa puerta a la reiteración de todos las violaciones y atropellos contra la propiedad y la estabilidad de la escasa producción que aún nos queda y son una amenaza más que una posibilidad de que se pueda recuperar la economía productiva en el inmediato futuro tal como lo requiere la emergencia suscitada por la gravedad de la escasez y el desabastecimiento; y no creo incurrir en ninguna exageración, dada la conducta del régimen, al calificar al numeral de 10, de prácticamente un chiste trágico, cuando en los últimos lustros la inversión nacional y extrajera se ha reducido prácticamente a nada por la naturaleza hiperinflacionaria de nuestra economía y una deuda con los proveedores privados de $24.000 millones.

Los numerales 4, 5, 6 y 7 del mismo artículo 2, son para: “dispensar del régimen propio de contrataciones públicas a los órganos contratante” (4), “dispensar de trámites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancías” (5), “implementar medidas especiales para agilizar el tránsito de mercancías por puertos y aeropuertos del país, pudiendo desaplicar temporalmente normas legales que se requieran para hacer posible dicha agilización” (6), y “desaplicar tramites cambiarios establecidos por CENCOEX y por el Banco Central de Venezuela, u órganos y entes del sector público o privado, a los fines de agilizar y garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento nacional…” (7) ¿cómo es que un régimen que ha sido hasta ahora incapaz de entregar cuentas claras en ningún sector, altamente cuestionado por los escándalos de corrupción en que aparece implicados abiertamente funcionarios públicos de todo rango, puede solicitar dispensas tan amplias que sería como que la Nueva Asamblea Nacional le otorgue una patente de corso, para seguir incurriendo en los desmanes presupuestarios y financieros, en operaciones oscuras que nos han traído a la situación en que tenemos las Reservas Internacionales exangües tras pasar por la mayor bonanza petrolera de nuestra historia?

El artículo 3, es de una generalidad que espeluca; y  el artículo 4, autoriza intervenciones monetarias tan difusamente definidas que puede resultar en cualquier cosa. Este decreto que comentamos es un instrumento que no está referido a ninguna emergencia bélica o evento natural sobrevenido, con lo parece un exceso invocar la participación  para su ejecución  de la FF.AA o cuerpos policiales de manera expresa. El artículo 6, invoca la participación de una serie de actores como el indefinido poder popular, poder comunal para lo que no se ofrece ninguna justificación y más parece una validación de actores y poderes que no están en la Constitución Nacional.

Pero tenemos que referirnos a lo más antiético del decreto, en el cual no se señala los sacrificios del estado, la carga de los gobernantes: Seguirá el Presidente Maduro, con el muy faraónico presupuesto de ropa, viajes, de comitiva de cientos de personas, de viáticos en hoteles 5 estrellas; seguirán los funcionarios de alto nivel con los abultados presupuestos que pagan camionetas de lujo y nutrido grupos de espalderos. Estos dineros públicos tan vanamente gastados cuando son sumados significan recursos superiores a los destinados a muchas instituciones de salud o la muy necesaria compra de medicamentos. Es irracional e inmoral pedirle a los venezolanos que soportemos todo el peso del ajuste mientras los responsables no asumen ningún costo ni manifiestan ninguna voluntad de sacrificio que al menos de manera ética los conecte con la ciudadanía, máxime cuando nos restriegan permanentemente una retorica socialistoide vacía y que por lo anteriormente planteado no es más que un cinismo cruel.

Por lo anterior, podemos concluir que la aprobación de este decreto por parte de la Asamblea Nacional, sería como asumir por parte de la mayoría democrática el argumento de la “guerra económica” y avalar la forma y estilo de gobierno arbitrario y sin controles que ha prevalecido por los últimos 17 años.

Pedro Vicente Castro Guillen              @pedrovcastrog