Expedientes prefabricados: Neif Antonio Gebran Frangie, por José Luis Centeno S.

Expedientes prefabricados: Neif Antonio Gebran Frangie, por José Luis Centeno S.

Bajo el título “Expedientes prefabricados” abordaremos causas penales que reflejan la iniquidad del Poder Judicial venezolano, como el del larense Neif Antonio Gebran Frangie, que está sometido a un proceso judicial sin delito porque en Venezuela no hay justicia. En su caso no existe delito alguno, ni hecho que merezca ser sometido a tribunales penales, luciendo la Constitución de 1999, garantista de los derechos humanos, incompatible con las acciones de persecución, escarnio público e intimidación que padece junto a su familia, bajo señalamientos sin fundamento, los cuales no han sido comprobados por el Ministerio Público ni controvertida su veracidad en Juicio Oral y Público.

El acoso en su contra se inició en octubre de 2012 en el estado Lara, a partir de información errada suministrada por un delator anónimo. Contrariando disposiciones legales y dictámenes de la Fiscal General de la República, Dra. Luisa Ortega Díaz, relativos a denuncias anónimas, el Sistema Judicial venezolano forjó la causa penal identificada con el N° 9C-18371-13 del Tribunal de Primera Instancia en Funciones Noveno (9º) de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, fijándole vínculo con una supuesta organización criminal, a la par de una campaña de difamación con una escalada de contenidos informativos de origen desconocido, divulgados por medios impresos regionales y portales web a modo de hecho noticioso.

La inexactitud de información extraída de documentos obtenidos mediante allanamientos a inmuebles personales y de su familia, también evidencia el carácter fraudulento de la información de fuente anónima empleada como instrumento obligado para relacionarlo con actividades ilícitas, sin que consten antecedentes policiales o penales que lo sindicasen. Esa inexactitud opera como negación de la información obtenida de la denuncia anónima y que constituye el vértice de la criminalización de Neif Antonio Gebran Frangie y su familia, convirtiéndola en una actuación trágica en el mundo jurídico cuyas consecuencias más extremas son la conculcación del acceso a la justicia y la violación del debido proceso, específicamente de la presunción de inocencia.





La conducta antigarantista del Sistema Judicial Venezolano, especialmente de los jueces avocados al conocimiento de la causa por la no realización del juicio, principalmente la actuación de la Juez Denisse Bocanegra Díaz, cuyo despacho fue intervenido por la Inspectoría General de Tribunales por presuntas irregularidades, produjo el quebrantamiento de la confianza en la administración imparcial de justicia, tomando en consideración que han transcurrido cuatro (04) años y cuatro (04) meses desde el inicio del proceso. El pase a la Fase de Juicio hubo de producirse sin dilaciones indebidas, como las reconocidas por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia en la Sentencia Nro. 366 del 24 de octubre de 2013, admitiendo expresamente la existencia de “retardo procesal” en la celebración de la Audiencia Preliminar.

Obviamente, en Venezuela no hay garantías de juicio justo, menos en un proceso que sólo buscó el destierro de Gebran Frangie y el uso y abuso de bienes producto de su trabajo y el de su familia, porque jamás podrán vincularlo con los delitos que pretendieron atribuirle por su presunta conexión con Germán Arturo Arenas Rodríguez, quien es el único procesado en este caso en haber recibido un beneficio procesal consistente en una medida cautelar sustitutiva de libertad, sin que se presentará acusación en su contra, pero no se hizo efectivo el efecto extensivo de esta medida a los demás procesados como es el caso de Neif Antonio Gebran Frangie.

Desde el campo político lo criminalizaron, por el sólo hecho de su disidencia ciudadana en la contienda electoral del año 2012, sufragios en los cuales el partido de gobierno, el PSUV, tuvo como candidato a la Gobernación del estado Lara a Luis Reyes Reyes, con altos niveles de rechazo que obligaron a su tolda política a recurrir a “medidas ejemplarizantes” que permitieran elevar su aceptación. Por intermedio de sus hermanos, Anibal Rafael Reyes Reyes y Belkis Maria Reyes De Burgos, hermanos de Luis Reyes Reyes, la última de éstos esposa de Ismael Antonio Burgos Urquiola, para la época Diputado del PSUV a la Asamblea Nacional por el estado Lara, el candidato del PSUV pretendió ejercer control sobre la actuación natural de este empresario en respaldo a su campaña electoral, al no acceder, los demonios rojos lanzaron la temeraria arremetida política judicial en su contra.
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