Ecuador reconsiderará Ley contra violencia de género para incluir migrantes

Ecuador reconsiderará Ley contra violencia de género para incluir migrantes

 

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Esta ley busca prevenir y erradicar la violencia en contra de las mujeres. Foto archivo

La Asamblea Nacional ecuatoriana reconsiderará la recientemente aprobada Ley para Erradicar la Violencia contra las Mujeres, según resolvió este martes, al considerar que no incluye la obligación del Estado de proteger a las migrantes, reseñó EFE.

La legislación fue aprobada en la madrugada del pasado domingo y este martes la Cámara legislativa resolvió por mayoría volver a someterla a consideración, según una moción de reconsideración presentada por la presidenta de la Comisión Ocasional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Mónica Alemán, informó la agencia oficial Andes.





Impulsada por el presidente, Lenín Moreno, quien poco después de asumir funciones en mayo anunció una “cruzada” contra la violencia de género, ha sido contestada por grupos que luchan contra esta lacra social y que han censurado uno de los puntos que estipula que las menores deben acudir a servicios de salud y justicia con sus tutores legales.

Este punto, subrayan, choca frontalmente con el hecho de que muchos de los agresores según las estadísticas son miembros de la familia y posibles tutores como padres, padrastros, tíos o hermanos, lo que coercionaría a las menores el poder acudir a denunciar o a una consulta ginecológica o física, por ejemplo.

Alemán indicó que faltó en el texto de ley incluir la obligación del Estado de proteger a las migrantes y que sufren violencia.

“Esta ley busca prevenir y erradicar la violencia en contra de las mujeres, nos están matando cada 50 horas a las mujeres, por eso debemos ser responsables en la atención”, manifestó.

Solicitó asimismo que uno de los artículos relativo al aborto se mantenga como se aprobó para “garantizar el acceso libre y gratuito, a la atención integral, confidencial, sin discriminación, a las personas con aborto en curso”.

La legisladora se refería a los casos que señala el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal relativo al aborto no punible, aquel realizado para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada, si ese peligro no puede ser evitado por otros medios o si el embarazo es consecuencia de una violación a una mujer que padezca discapacidad mental.

Los asesinatos y homicidios de mujeres por razón de género son los únicos delitos que han aumentado este año en Ecuador, donde han fallecido desde principios de año más de 90 mujeres a manos de agresores por razón de género.