BCV fija anclaje de créditos comerciales a dólar oficial

BCV fija anclaje de créditos comerciales a dólar oficial

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La gente camina frente a una entrada del Banco Central de Venezuela en Caracas, Venezuela, 14 de febrero de 2017. Fotografía tomada el 14 de febrero de 2017. REUTERS / Marco Bello

 

El Banco Central de Venezuela (BCV) estableció, mediante una resolución, el anclaje del valor de los préstamos comerciales al tipo de cambio oficial derivado de las operaciones de las mesas de cambio de la banca.

Por El Universal





La medida, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.742, fijó que las instituciones bancarias al momento del otorgamiento del préstamo, “deberán expresar la obligación en términos de la Unidad de Valor de Crédito Comercial (UVCC)”. Para ello, adicionó, se debe “dividir el monto en bolívares a ser liquidado del crédito otorgado entre el Índice de Inversión vigente para dicha fecha, el cual será determinado por el BCV tomando en cuenta la variación del tipo de cambio de referencia del mercado y publicado diariamente en su página web”.

El BCV determinó, en sus parágrafos primero y segundo, que quedan excluidas de la resolución, “aquellas operaciones activas relacionadas con Tarjetas de Crédito (TDC), microcréditos, préstamos comerciales en cuotas a ser otorgadas a personas naturales por concepto de créditos nómina y los dirigidos a empleados y directivos de bancos”.

Asimismo refirió que las instituciones bancarias “deberán cobrar a sus clientes por las operaciones activas derivadas de los créditos comerciales en cuotas a ser otorgadas a personas naturales por concepto de créditos nómina y los dirigidos a los empleados y directivos de esas entidades”; así como para los microcréditos, una tasa de interés anual que no podrá exceder de la vigente para operaciones activas relacionadas con Tarjetas de Crédito”.

 

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