Qué hará Ortega tras desmantelar las instalaciones del diario La Prensa en Nicaragua

Qué hará Ortega tras desmantelar las instalaciones del diario La Prensa en Nicaragua

Fotografía de archivo de miembros de la policía mientras permanecen en la entrada de una propiedad de la Editorial La Prensa en Managua (Nicaragua). EFE/ Jorge Torres

 

Un año después de la toma ilegal de las instalaciones del Diario LA PRENSA y de mantener en la cárcel a su gerente general Juan Lorenzo Holmann, el régimen Ortega Murillo intenta poner fin a 96 años de historia del decano del periodismo nacional, desmantelando el plantel que lo albergaba.

Por La Prensa

Desde hace varios días operadores del régimen realizan obras de construcción y trasladan algunas de las maquinarias y equipos. Sin embargo, esto no impedirá que LA PRENSA siga cumpliendo su función de informar a los nicaragüenses, aún sin un edificio y ahora desde el exilio.

Los encargados de estas acciones han expresado que las instalaciones podrían convertirse en un centro de capacitación del Instituto Nacional Tecnológico (Inatec), tal como ocurrió con la recién cancelada Fundación Fabretto.

Se desconoce si el traslado de algunas máquinas y equipos implica la instalación de un centro de impresión completo de alta tecnología, pues en conjunto la rotativa con los equipos de la imprenta comercial permiten desde imprimir hasta encuadernar o engomar libros, folletos, brochures, volantes y cualquier otro material impreso, incluso las boletas electorales.

Constitución prohíbe las confiscaciones

Con estas acciones el régimen de Ortega Murillo concreta la confiscación de hecho de los bienes del plantel industrial de Editorial LA PRENSA, ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Norte. Bienes que en el estado en que estaban al momento de la confiscación tenían un valor cercano a los 10 millones de dólares.

Además, la confiscación se concreta pese a que el artículo número 44 de la Constitución Política de Nicaragua “garantiza el derecho de propiedad privada de los bienes muebles e inmuebles y de los instrumentos y medios de producción”.

Ese artículo también explica que estos bienes “pueden ser objeto de expropiación de acuerdo a la Ley”, pero con “previo pago en efectivo de justa indemnización”. Y al final ratifica que “se prohíbe la confiscación de bienes” y que los funcionarios que infrinjan esta disposición “responderán con sus bienes en todo tiempo por los daños inferidos”.

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