¿Son nuevas las medidas de mejora de justicia anunciadas recientemente por el TSJ?

¿Son nuevas las medidas de mejora de justicia anunciadas recientemente por el TSJ?

En 2024 la Constitución de 1999 cumplirá 25 años desde su redacción y aprobación en referendo, y pese al tiempo transcurrido algunas de sus disposiciones, como aquella que obliga al Estado a garantizarles a sus ciudadanos «una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles», siguen sin cumplirse. Para revertir esta situación, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha anunciado o adoptado en las últimas semanas una batería de medidas nada novedosas y que no han dado los resultados esperados en el pasado.

Por accesoalajusticia.org





A lo largo de febrero, el máximo juzgado ha celebrado reuniones con autoridades policiales, representantes de la Asamblea Nacional (AN) y comunidades, ha inaugurado nuevas instalaciones y anunciado un plan para combatir el hacinamiento de los centros de detención preventiva, entre otros.

Sin embargo, el hecho de que muchas de estas acciones ya se hayan aplicado en el pasado dan motivos para dudar de su eficacia.

De reunión en reunión

En las últimas semanas, miembros del TSJ y del Parlamento han mantenido encuentros destinados a retomar las discusiones relacionadas con el nuevo Código de Procedimiento Civil. El alto tribunal informó que el pasado 23 de febrero el presidente de la Sala de Casación Civil, magistrado Henry Timaure, se reunió con el vicepresidente de la Comisión de Política Interior, Julio José García Zerpa, para abordar el tema.

El encuentro se produjo luego de que el presidente Nicolás Maduro, durante el acto de apertura judicial, instara a los legisladores a enfrentar los «grandes desafíos en la jurisdicción civil y mercantil, que es la única que opera con el lento y vetusto procedimiento escrito». Acto seguido, abogó por la aprobación de una reforma del Código de Procedimiento Civil que establezca «un procedimiento único, oral y expedito».

«Llegó la hora, hay que hacerlo. La relevancia de esto está en garantizar un marco de seguridad y certeza jurídica para la actividad económica y la inversión en el país», indicó el jefe del Gobierno.

Esta no es la primera vez que este asunto sale a la luz. En 2014 la entonces presidenta de la Sala de Casación Civil, Iris Peña de Andueza, haciendo uso de la iniciativa legislativa dada por la Constitución al TSJ, presentó un proyecto de reforma del Código de Procedimiento Civil a la AN, entonces controlada por el oficialismo.

El borrador no solo incorporaba la oralidad a los juicios, sino también la mediación, conciliación y otros métodos alternativos para la resolución de conflictos. No obstante, el texto jamás fue debatido por los diputados; por ello, a lo largo de los últimos años, la Sala de Casación Civil, mediante algunas sentencias, ha reformado el instrumento.

Pero el Código de Procedimiento Civil no es el único que no ha sido ajustado a la Constitución; una suerte similar han corrido otros instrumentos preconstitucionales como el Código Penal y el Código Orgánico de Justicia Militar (COJM).

El 23 de febrero, el TSJ también anunció que la vicepresidenta de la Sala Constitucional, Lourdes Suarez Anderson, mantuvo una reunión con miembros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) a fin de «optimizar la lucha contra los delitos de violencia de género».

No obstante, no se informó qué medidas se adoptarían ni tampoco se ofreció un balance que permita valorar la situación actual. A casi 17 años de la aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todavía no hay suficientes tribunales especializados en violencia de género, pese a que el TSJ mejoró a finales del año pasado esa situación al crear 53 nuevos despachos de primera instancia y cortes de apelación en casi todos los estados, salvo en Yaracuy.

¿Estrategia eficaz?

Después de la apertura del año judicial, las reuniones han ocupado parte importante de la agenda del TSJ. Así, en las últimas semanas el juzgado ha reportado sobre encuentros en Aragua, Carabobo, Caracas y La Guaira, en los cuales no solo han participado funcionarios judiciales, policiales y penitenciarios de dichas entidades, sino también ciudadanos, con el fin de detectar las reformas que hoy demanda el nuevo andamiaje jurídico, según explicó la presidenta del TSJ, magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez.

Esta iniciativa también fue una propuesta que Maduro hizo a los magistrados. Esto declaró el jefe del Gobierno en el acto de apertura judicial:

«Hay que salir de las oficinas, de los despachos, del aire acondicionado y váyanse a escuchar al pueblo en las plazas, en las comunidades, en los consejos comunales. Vayan al poder popular a pedir su crítica y a ser interpelados por el pueblo (…) para que Venezuela tenga un Poder Judicial más adaptado a los nuevos tiempos, más poderoso y justo».

Sin embargo, el hecho de que el TSJ no haya informado quiénes son los representantes de las comunidades que han participado en dichos encuentros, cómo fueron escogidos, cuáles fueron los temas que se debatieron y tampoco haya reportado sobre las propuestas recogidas en dichos eventos, da razones para poner en tela de juicio la efectividad de la estrategia.

La misma receta

El TSJ también informó sobre la activación del Plan de Impulso Judicial 2024, una iniciativa con la que busca «agilizar los procesos judiciales y descongestionar los centros de detención preventiva». La idea, sin embargo, no tiene nada de original, pues en varias ocasiones a lo largo de las últimas dos décadas el máximo juzgado ha puesto en marcha numerosas medidas destinadas a combatir el retardo procesal y el hacinamiento carcelario, aunque sin lograr los resultados esperados. Los jueces itinerantes o los tribunales móviles son algunas de esas acciones.

Aunque hasta ahora se desconocen las líneas del nuevo plan, pues el TSJ no aportó detalles al momento de anunciarlo, este tiene visos de ser algo parecido a las acciones adoptadas con anterioridad, las cuales buscaban que los jueces se trasladaran a las cárceles para revisar los expedientes de los reclusos y otorgaran beneficios a quienes tuvieran buena conducta, estuvieran enfermos o cerca de cumplir sus condenas.

Solo en 2012, 13.224 personas fueron excarceladas a través del Plan Cayapa Judicial, otro procedimiento similar al actual, como destacó Amnistía Internacional en un informe publicado al respecto.

Por su parte, el programa Tribunal Móvil fue otra iniciativa puesta en marcha por el TSJ a finales de la primera década del siglo XXI para intentar acelerar los procesos al acercar la justicia a las comunidades. Para ello, acondicionó autobuses como tribunales en los que se pudieran celebrar las audiencias previstas en la legislación, lejos de las sedes tribunalicias en plazas o cárceles.

Se han abordado casos emblemáticos en estos tribunales móviles; entre ellos destaca el del exalcalde de Chacao, Leopoldo López, cuya detención preventiva por las protestas ocurridas en el centro de Caracas, el 12 de febrero de 2014, fue acordada en uno de estos juzgados. El 18 de febrero de 2014 un tribunal móvil fue llevado hasta la cárcel de Ramo Verde (Los Teques), a donde fue encarcelado el opositor horas antes para realizar la audiencia de presentación.

En 2013, los tribunales móviles itinerantes desplegados en Caracas atendieron 73.700 casos, un 39,6 % más con respecto a 2012, informó el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) en su informe anual de ese año.

Sin embargo, en las últimas semanas estas instancias no han sido empleadas para celebrar actos judiciales, sino que, como admitió el propio TSJ, se han dedicado a realizar trámites como «redacción de títulos supletorios, divorcios por mutuo acuerdo, declaración de únicos y universales herederos, carta de soltería, rectificación de actas de matrimonio, nacimiento o defunción, curatela, declaración jurada de no poseer vivienda, obligación de manutención, carga familiar, etc.». A sus labores se agregan asesorías al ciudadano en materia civil, mercantil, social, penal y laboral, según reseñó el TSJ a propósito de jornadas de tribunales móviles en LaraBarinas y Aragua.

Aunque necesarias, no queda del todo claro si este tipo de acciones contribuye a reducir el retardo procesal o si ofrecen justicia a quienes la demandan. Algunas de ellas, incluso, no son de la competencia directa del Poder Judicial, sino de otros organismos del Estado como la Defensa Pública, los registros o notarías.

Algo similar se puede decir de otras acciones adoptadas por el TSJ, como la reciente inauguración de la Sala de Víctimas Especiales en el Palacio de Justicia de Maracay, que estará destinada a atender a «niños y adolescentes, adultos mayores, mujeres víctimas de violencia de género u otras víctimas de violencia familiar, pueblos indígenas, personas con discapacidad y migrantes». El recinto es el segundo que pone en funcionamiento el organismo en los últimos meses, el primero fue abierto a finales de 2023 en Caracas.

Aunque estos espacios buscan garantizar lo previsto en la Ley de Protección de Víctimas y Testigos, se trata de una competencia del Ministerio Público, no del Poder Judicial, y tampoco ataca sus principales fallas como la corrupción, falta de medios, desorganización o la provisionalidad de jueces. También es una competencia de la Defensoría del Pueblo conforme a la Constitución, pero no del Poder Judicial.

Adicionalmente, debe destacarse que en las últimas semanas, el TSJ ha mostrado algunos gestos para buscar más soluciones a los problemas del sistema de justicia penal. Tal es el caso de la inauguración de un Centro de Control y Seguimiento Penal para «darle celeridad e impulso a todas las causas de las personas que están privadas de libertad, como un compromiso permanente para que sean atendidos no solo los privados de libertad, sino también sus familiares». La presidenta de la Sala de Casación Penal agregó que los jueces penales deben suministrar a este recién inaugurado centro «las estadísticas diarias de la realización, audiencias y motivos por el cual se suspende una audiencia, esto ayudará a mantener un constante movimiento en la justicia para que esta sea expedita, pronta y justa».

Desde Acceso a la Justicia se saluda este mecanismo de seguimiento, que efectivamente es fundamental para saber qué pasa en la justicia penal y poder así tomar medidas pertinentes como recomendamos en nuestra reciente investigación sobre el sistema de justicia penal en Venezuela.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

Las acciones que en las últimas semanas han anunciado o adoptado las autoridades judiciales parecen formar parte de una campaña publicitaria más que de un plan para adecentar al Poder Judicial. Muchas de las medidas ya han sido aplicadas en el pasado y no han ofrecido los resultados esperados, muchas veces porque no han sido implementadas correctamente. Sin embargo, la puesta en marcha del Centro de Control y Seguimiento Penal puede ser una buena señal de la conciencia de la necesidad de hacer un seguimiento riguroso a la gestión para luego de tener un diagnóstico con base en ello, pensar en un plan con soluciones viables y efectivas.

Aun así el hecho de que no se hayan convocado a las universidades, academias ni a las organizaciones de la sociedad civil que se han especializado en el tema para hacer un diagnóstico y, sobre todo, para presentar un plan para adecentar al sistema judicial hace dudar de las verdaderas intenciones de las autoridades.

Asimismo, llama la atención que hasta ahora los responsables públicos no hayan abordado el principal problema que aqueja a la justicia venezolana: la provisionalidad de los jueces. El hecho de que a 25 años de la entrada en vigor de la Constitución la inmensa mayoría de los jueces sean provisorios, temporales o accidentales, pese a que el artículo 255 de la Constitución establece que dichos deben asignarse por concursos de oposición, es alarmante.

Esta situación ha permitido al TSJ considerar a juezas y jueces de libre nombramiento y remoción. Esta situación, según instancias como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, supone un riesgo para la independencia de la justicia y además abre las puertas para que personas sin conocimientos terminen asumiendo puestos simplemente por razones políticas, lo que en efecto ha sido la regla en el TSJ, sobre todo en los últimos 10 años.

En este documento, Acceso a la Justicia junto a varias ONG recomendó las acciones clave a seguir para llevar la justicia venezolana penal a un nivel mínimo de normalidad, incluyendo no solo al Poder Judicial, sino también a las demás instancias del sistema de justicia penal, varias de las cuales son replicables para otras materias, así que se espera que en algún momento la justicia venezolana las tome en cuenta y logre cambios tangibles.